Estudiantes que acrediten discapacidad

- El estudiantado que acredite discapacidad tiene derecho a la exención del 100% de los precios académicos y administrativos de la matrícula (salvo el seguro escolar y/o voluntario).
- Para la acreditación de esta exención deberás remitir a la Secretaría de tu Campus, copia del documento correspondiente, que habrá de estar vigente, a través de los siguientes enlaces:
- Estudiantes del Campus de Cádiz: Documentación Campus Cádiz
- Estudiantes del Campus de Puerto Real: Documentación Campus Puerto Real
- Estudiantes del Campus de Jerez de la Frontera: Documentación Campus Jerez
- Estudiantes del Campus Bahía de Algeciras: Documentación Campus Algeciras
- Mes de agosto. Si durante el mes de agosto no está operativo el CAU (formulario telemático para enviar la documentación), puedes presentarla partir del 1 de septiembre.
- Más información en: Junta de Andalucía. Discapacidad
ACREDITACIÓN DE LA EXENCIÓN POR DISCAPACIDAD:
Acreditación documental válida
La acreditación documental del grado de discapacidad se realizará, preferentemente, mediante la Tarjeta Acreditativa del Grado de Discapacidad, expedida por el organismo competente de la comunidad autónoma, o en su defecto, por la resolución administrativa acreditativa del grado de discapacidad reconocido.
Acreditación documental NO válida
El reconocimiento de una Pensión de Incapacidad Permanente NO acredita una equiparación con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, a efectos de exención de precios públicos en base al Decreto 98/2023, de 2 de mayo.
La equiparación que se realiza en las resoluciones de aprobación de pensiones de incapacidad permanente con un grado de discapacidad igual o superior al 33% en base al artículo 4.2. del Real Decreto Legislativo 1/2013, se realiza para una serie de ámbitos de la vida (comunicación social, edificaciones y espacios públicos, transportes, relaciones con las administraciones y participación en los asuntos públicos, entre otros); en el que no se incluye el ámbito educativo.