Fases procedimiento BECAS GENERALES DEL MINISTERIO CURSO 23-24
¿Qué hacer en cada momento?
- Plazo: hasta el 17 de mayo de 2023, aunque no coincida con el plazo de matrícula. La solicitud debe presentarse aunque la matrícula la realizarás después de esa fecha.
- Solo podrán presentarse solicitudes con posterioridad al 17 de mayo y siempre antes del 31 de diciembre de 2023:
- En caso de fallecimiento del sustentador principal de la familia ocurrido después de transcurrido dicho plazo.
- Jubilación forzosa del sustentador principal de la familia que no se produzca por cumplir la edad reglamentaria ocurrido después de transcurrido dicho plazo.
- La petición del impreso de beca, solo para estos dos casos, se puede hacer a través del C.A.U.
- Tras la presentación de la solicitud, la Unidad de Becas procederá a revisar los requisitos generales (no académicos) y de composición de la unidad familiar.
- Permanece atento al correo electrónico indicado en tu solicitud de beca pues si la Unidad de Becas aprecia alguna causa de denegación te la comunicará a través de esa vía y de la sede electrónica. En ese caso dispondrás de 10 días para presentar las alegaciones y documentación que creas oportunas.
- Puedes descargar el impreso desde la página web “IMPRESOS“.
- Previsiblemente en el mes de agosto los solicitantes recibirán comunicación informativa del Ministerio de Educación sobre el cumplimento o incumplimiento de los requisitos económicos (por superar renta y/o patrimonio) para poder obtener la condición de becario.
- Aquellos a los que se les comunique que cumplen los requisitos económicos se les indicará un plazo concreto (previsiblemente en septiembre) para entrar de nuevo en el formulario de solicitud e indicar sus datos académicos y de residencia fuera del domicilio familiar durante el curso, si hubieran variado.
- Aquellos a los que se les comunique que no cumplen los requisitos económicos se les indicará un plazo concreto (previsiblemente en septiembre) para presentar alegaciones y para entrar de nuevo en el formulario de solicitud e indicar sus datos académicos y de residencia fuera del domicilio familiar durante el curso, si hubieran variado.
- Puedes descargar el impreso desde la página web “IMPRESOS“.
- Los solicitantes dispondrán del plazo comprendido entre el 7 y el 27 de septiembre de 2023 para acceder a su solicitud de beca y modificar los datos que necesiten, así como para presentar alegación si la beca fue denegada por motivos económicos (https://www.becaseducacion.gob.es/novedades.html).
- Tras la finalización del plazo para que los solicitantes actualicen sus datos académicos en el formulario de solicitud, las Unidades de Becas procederán a revisar el cumplimiento de los requisitos académicos y a resolver las alegaciones de los solicitantes a los que el Ministerio de Educación comunicó en el mes de agosto que no cumplían requisitos económicos.
- Una vez recibida la resolución de la beca, dispones de 10 días para presentar las alegaciones y documentación que creas oportunas.
- Puedes descargar el impreso desde la página web “IMPRESOS“.
- El Ministerio de Educación y Formación Profesional dictará la resolución de la convocatoria y ordenará publicar la relación definitiva de los solicitantes a quienes se concede la beca (Resolución Definitiva Beca MEFP 2023/2024).
- Los listados, según establece la convocatoria, se publican en la página web del Ministerio de Educación y Formación Profesional (Listado Becarios MEFP 2023/2024).
- Desde el día siguiente a la publicación en BOE de la resolución definitiva dispondrás de 1 mes para presentar recurso de reposición. Como con las alegaciones, puedes descargar el impreso desde la página web “IMPRESOS“.
- Recuerda: Si no apareces en la relación se entiende que la solicitud está denegada.